Entre el sector del Aeropuerto y El Palotal

'La Guardia Nacional Bolivariana DF-11 y el personal militar de la 1ra. Cía., al mando del capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz, supervisan, controlan y verifican que toda mercancía o productos que se trasladen por las vías del municipio Bolívar tenga la correspondiente guía y permiso de movilización'.

Polietileno y goma retenidos sin permiso para su transporte

Foto/ 1ra. Cía., Destafront Nº 11 GNB

San Antonio del Táchira, 24 Ago 2011 (NTV Frontera Noticias).- Una comisión integrada por cinco efectivos militares adscritos a la Primera Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 11 de la Guardia Nacional Bolivariana, GNB del CORE 1, al mando del capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz; encontrándose de servicio y en cumplimiento de Patrullaje de Seguridad Ciudadana en San Antonio, capital del municipio Bolívar, específicamente en el sector comprendido entre el tramo carretero Aeropuerto Internacional Juan Vicente Gómez de San Antonio del Táchira y El Palotal de la jurisdicción del municipio Bolívar; efectuaron la retención preventiva de dos toneladas de polietileno y goma sin el permiso respectivo del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente - Área Nº 2 de Rubio del estado Táchira, para hacer la movilización de dichos productos.

En desarrollo de las acciones desplegadas por los funcionarios de la GNB, éstos lograron retener 40 sacos de polietileno o resina ABS con un peso de 25 kilos cada uno para un total de 1.000 kilos valorados en Bs. 8.000. Igualmente, retuvieron 1.000 kilos de goma en láminas de dureza de 60 valoradas en Bs. 9.000.

La fuente que FRONTERA 11 toma para la presente nota, hace mención a que los mencionados productos eran trasladados en el vehículo marca Ford, modelo F-350 4x2, clase camión de color azul; propiedad de un ciudadano venezolano de 52 años de edad, soltero, no reservista, de profesión conductor, natural de Los Teques del estado Miranda y residenciado en la calle Ezequiel Zamora de Tocuyito, asentamiento campesino La Trinidad de la jurisdicción de Valencia en el estado Carabobo.

Agrega, la misma fuente que la causa por la que los efectivos de la GNB retienen preventivamente el polietileno y la goma indicados anteriormente, se debe a que el propietario presuntamente infringió el artículo 54 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. Además, no poseía el permiso para el transporte correspondiente.

Finalmente, el extracto del parte especial de la Primera Compañía del Destaront Nº 11 de la GNB, indica las acciones realizadas por los efectivos en cumplimiento de la misión: se  elaboró la Boleta de Citación al ciudadano propietario de los productos retenidos, para que comparezca por ante el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente Area Nº 2 de Rubio capital del municipio Junín del estado Táchira; se efectuó la retención de los productos anunciados, los que quedaron en calidad de depósito en la Primera Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 11 de la GNB; se instruyó el Acta Administrativa 736 de fecha 24 Ago 2011. 

Fuente: 1ra. Cía., Destafront Nº 11 GNB; resumen de Procedimientos Resaltantes del mes de Agosto 2011; diapositiva 39.
Capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz
Director de FRONTERA 11
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