'Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria (LOSSA), emanada por el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación (MPPA)'
Libertad de Barinas, estado Barinas, Venezuela, 27 May 2012 (Por Félix Helí Contreras Martínez de RFN Noticias!).- Efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) adscritos al Cuarto Pelotón de la Tercera Compañía del Destacamento Nº 14, Comando Regional - CORE 1, al mando del capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz; en el punto de control fijo de la GNB Ciudad de Nutrias, efectuaron la retención preventiva de 29.060 kilos de arroz paddy acondicionado, procedente de un silo ubicado en Calabozo del estado Guárico con destino a una trilladora ubicada en Araure del estado Portuguesa.
Refiere el parte especial que se tomó como fuente de información, que la retención del arroz efectuada por los militares de la GNB, se debió a que el transportista no presentó la respectiva guía de movilización de beneficiario emitida por la Superintendencia de Almacenes y Depósitos Agrícolas (SADA).
El parte especial digital emitido por la Tercera Compañía del Destacamento Nº 14 de la Guardia Nacional Bolivariana, refiere que el producto retenido; valorado en Bs. 61.026,00, era transportado en el vehículo Mack tipo chuto de color amarillo 1986 con remolque tipo plataforma-granel de color amarillo 1997; conducido por un ciudadano venezolano de 35 años de edad de profesión conductor, natural de Guanare, estado Portuguesa y con residencia en Sabaneta de La Trinidad, sector Varonero del municipio San Genaro de Boconoito, estado Portuguesa.
El mismo documento electrónico fuente, indica que la causa de la retención efectuada por los efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana, obedeció a la presunta transgresión del artículo 121 de la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria (LOSSA). Es decir, por no proveerse el transportista de la guía de movilización expedida por la Superintendencia de Almacenes y Depósitos Agrícolas (SADA).
Señala la misma fuente digital que los funcionarios de la GNB que llevaron a cabo la retención mencionada, realizaron entre otras las siguientes acciones: Se levantó el acta administrativa respectiva, se hizo la retención debida del producto, y se le informó a la licenciada Alejandra García, Coordinadora Regional del SADA-Barinas.
Concluye, el parte especial de la Tercera Compañía, que para los fines consiguientes, se le informó sobre este procedimiento relevante, al coronel Roque Carmona Nieves, Comandante del Destacamento Nº 14 y a la Jefatura de Servicios de la Guardia Nacional Bolivariana en Barinas.
Refiere el parte especial que se tomó como fuente de información, que la retención del arroz efectuada por los militares de la GNB, se debió a que el transportista no presentó la respectiva guía de movilización de beneficiario emitida por la Superintendencia de Almacenes y Depósitos Agrícolas (SADA).
El parte especial digital emitido por la Tercera Compañía del Destacamento Nº 14 de la Guardia Nacional Bolivariana, refiere que el producto retenido; valorado en Bs. 61.026,00, era transportado en el vehículo Mack tipo chuto de color amarillo 1986 con remolque tipo plataforma-granel de color amarillo 1997; conducido por un ciudadano venezolano de 35 años de edad de profesión conductor, natural de Guanare, estado Portuguesa y con residencia en Sabaneta de La Trinidad, sector Varonero del municipio San Genaro de Boconoito, estado Portuguesa.
El mismo documento electrónico fuente, indica que la causa de la retención efectuada por los efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana, obedeció a la presunta transgresión del artículo 121 de la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria (LOSSA). Es decir, por no proveerse el transportista de la guía de movilización expedida por la Superintendencia de Almacenes y Depósitos Agrícolas (SADA).
Señala la misma fuente digital que los funcionarios de la GNB que llevaron a cabo la retención mencionada, realizaron entre otras las siguientes acciones: Se levantó el acta administrativa respectiva, se hizo la retención debida del producto, y se le informó a la licenciada Alejandra García, Coordinadora Regional del SADA-Barinas.
Concluye, el parte especial de la Tercera Compañía, que para los fines consiguientes, se le informó sobre este procedimiento relevante, al coronel Roque Carmona Nieves, Comandante del Destacamento Nº 14 y a la Jefatura de Servicios de la Guardia Nacional Bolivariana en Barinas.
PE-097
Capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz Comandante de la 3ra. Cía. Destacamento Nº 14 Sede GNB Libertad de Barinas, estado Barinas Denuncias al celular: 0426-5365818 Director de GNBarinas 3Cia |
*** La Guardia Nacional es del pueblo y para el pueblo --- GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA - GNB "EL HONOR ES SU DIVISA" |












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