En la calle 4 del barrio Miranda
San Antonio del Táchira, 21 Jul 2011 (NTV Noticias).- Comisión de efectivos militares adscritos a la Primera Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 11, de la Guardia Nacional Bolivariana - GNB del CORE 1, al mando del capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz, en cumplimiento de orden de servicios por la jurisdicción del municipio Bolívar, en la calle 4 del barrio Miranda de la población de San Antonio del Táchira, efectuaron la retención preventiva de 8.000 kilos de mango de la especie año, valorados en Bs. 40.000,00, los que eran transportados en un camión de color azul, año 1977. El conductor exhibió una guía con inconsistencias y enmendaduras e igualmente no presentó el certificado fitosanitario de movilización pertinente.
El camión retenido, en el que se transportaba las ocho toneladas de mango, era conducido por un ciudadano de 42 años de edad, de profesión conductor, natural de Socopó, municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, con residencia en el sector Las Lomas de La Caramuca, jurisdicción de la Parroquia Arvelo Torrealba del Estado Barinas.
El conductor manifestó a los uniformados de la GNB, que se trasladaba desde la Unidad de Producción El Laurel, municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes, con destino al Mercado Municipal de la población de San Antonio del Táchira.
En el resumen de Procedimientos Resaltantes de la 1ra. Cía., del Destafront Nº 11 de la GNB, que sirvió de fuente a FRONTERA 11 para la presente nota, se dice que los funcionarios al solicitarle al conductor la documentación correspondiente, éste exhibió una guía de movilización de productos y subproductos de origen vegetal en su estado natural, emitida por la Coordinación Municipal Rómulo Gallegos Unidad Estadal Cojedes del Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI), presentando inconsistencias y enmendaduras en el llenado, e igualmente no presentó el Certificado Fitosanitario de movilización.
La misma fuente indica que la causa por la que se retiene el mango y la unidad de transporte en la que se transportaba dicha carga, presuntamente se ha infringido el numeral 5: "Complementar las medidas para impedir las movilizaciones ilegales de productos y subproductos de origen animal y vegetal. Numeral", y 6 "Respaldar la información relativa a la propiedad de los animales y vegetales productos subproductos de ambos orígenes" de la Ley de Salud Agrícola Integral, respectivamente.
Por último en el resumen mencionado, se precisan las acciones tomadas: se efectuó la retención del vehículo y del rubro frutal mango de la especie año, que serán enviados a la oficina del Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI) en San Antonio, municipio Bolívar del estado Táchira; se instruyó el Acta Administrativa 654/21-Jul-2011.
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Capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz Director de FRONTERA 11 |
"Soberanía, Libertad y Permanencia"
-- GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA - GNB "EL HONOR ES SU DIVISA"











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