En sectores "La Muralla" y "La Batea"

Arroz detenido por los efectivos militares de la GNB
            Foto: 1ra. Cía., Destafront No. 11 GNB               

San Antonio del Táchira, 12 Jul 2011 (FRONTERA 11).- Comisión de efectivos militares de tropa profesional adscritos a la Primera Compañía del Destacamento de Fronteras No. 11 de la Guardia Nacional Bolivariana - GNB, al mando del capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz, en cumplimiento de patrullaje en materia de Seguridad Alimentaria, por la jurisdicción del muncipio Bolívar, específicamente en el sector "La Muralla" y "La Batea" de la población de San Antonio del Táchira, efectuaron la retención de 2.640 kilos de azúcar, por cambiarse de ruta en la entrega del mismo y por consiguiente presunta violación de la Ley del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios - INDEPABIS.

La mercancía retenida correspondiente a 110 fardos de azúcar blanco, de 24x1 kilos cada fardo, equivalente a 2.640 kilos; valorada por los expertos en Bs. 9.002,40, era transportada en un vehículo de color blanco, año 2007, que conducía un ciudadano venezolano, natural de Caracas; con residencia en el sector 3 de la Integración en Ureña, capital del municipio Pedro María Ureña del estado Táchira.

El mencionado ciudadano presentó tres facturas de compra expedidas por una casa comercial ubicada en la avenida Universidad, sector Santa Cecilia de la ciudad de San Cristóbal, capital del estado Táchira en las que se indicaba que el azúcar tenía como destino final una comercializadora en San Antonio y Ureña del estado Táchira.

En razón a que los efectivos militares de la GNB, encontraron el vehículo retenido con la carga estipulada anteriormente, en los sectores "La Muralla" y "La Batea"de la población de San Antonio del Táchira, de hecho, con dicha conducta presuntamente se infringió el numeral 15 del artículo 8 de la Ley del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios; porque así quedaba demostrado el cambio de ruta en la entrega de dicho azúcar, situación que no es acorde con lo estipulado en las facturas de compraventa mencionadas.

Finalmente, en el resumen de Procedimientos Resaltantes de la 1ra. Cía., del Destafront No. 11 de la GNB, que sirvió de fuente a FRONTERA 11 para la presente nota, se indican las acciones tomadas: se efectuó la retención del vehículo con la mercancía (azúcar), quedando en calidad de depósito en el estacionamiento del Destacamento de Fronteras No. 11 a la orden de INDEPABIS-San Cristóbal; se instruye el Acta Administrativa No. 1.349.
Capitán Alexis Gerardo Leal Cortéz
Director de FRONTERA 11
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